lunes, 29 de febrero de 2016

Nia 580: Manifestaciones Escritas


MANIFESTACIONES ESCRITAS
Introducción:
Alcance: esta NIA trata de la responsabilidad que tiene el auditor en una auditoría de E.F. para obtener manifestaciones escritas de la dirección o de los encargados del gobierno de la entidad.

Manifestaciones escritas como evidencia de auditoria:
La evidencia de auditoria sirve para que el auditor saque sus conclusiones en las que se basa su opinión, las manifestaciones escritas constituyen información necesaria que el auditor requiere. En consecuencia las manifestaciones escritas constituyen evidencia de auditoria, similar a las respuestas a indagaciones.

Objetivos:
Los objetivos del auditor son:
1.       Obtención de manifestaciones escritas de la dirección o del gobierno de la entidad, cuando proceda, relativas a que consideran haber cumplido con su responsabilidad en cuanto a la presentación de los E.F. y la integridad de la información presentada al auditor.
2.       Fundamentar otra evidencia de auditoria relevante para los E,F,
3.       Responder de manera adecuada las manifestaciones escritas proporcionadas por la dirección o el gobierno de la entidad, o si no proporcionan las manifestaciones escritas solicitadas por el auditor.

Definiciones:
A efecto de esta NIA estos términos tienen el significado siguiente:
a)        Manifestación escrita: documento suscrito por la dirección y proporcionado al auditor  con el propósito de soportar otra evidencia de auditoria, en este contexto, las manifestaciones escritas no incluyen los E,F, las afirmaciones contenidas en ellos, o los libros y registros donde se basan.
b)        A efectos de esta NIA las referencias a “la dirección”  deben entenderse realizadas a “la dirección” cuando proceda a los encargados del gobierno de la entidad. Así  mismo a un marco de imagen fiel, la dirección es la responsable de la preparación y presentación fiel de los E,F,

Requerimientos:
Miembros de la dirección a que se le soliciten manifestaciones escritas.
El auditor solicitara manifestaciones escritas a los miembros de la dirección que tengan las responsabilidades adecuadas sobre los E.F. y conocimientos de las cuestiones.

Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección.
1.       Preparación de los estados financiero.
a.        El auditor solicitara a la dirección manifestaciones escritas que han cumplido con la preparación de los E.F. de acuerdo con un marco de información financiera aplicable.
2.       Información proporcionada e integridad de las transacciones.
a)        El auditor solicitara a la dirección manifestaciones escritas que:
a.        Que ha proporcionado al auditor toda la información y acceso, de conformidad con los acuerdos que se pactaron en el encargo de auditoria (nia 210)
b.        Que todas las transacciones se han registrado y reflejado en los E,F,

Descripciones de las responsabilidades de la dirección en las manifestaciones escritas
Las responsabilidades de la dirección se describirán en manifestaciones escritas en la forma que se describen en el encargo de auditoria (nia 210).
Otras manifestaciones escritas.
Otras NIA requieren que el auditor solicite manifestaciones escritas. Si, además de dichas manifestaciones el auditor determina que es necesario obtener manifestaciones escritas para fundamentar otra evidencia de auditoria relevante en los E.F.

Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos
La fecha debe ser tan próxima como sea posible, pero no posterior, a la fecha del informe de auditoría sobre los E.F. y las manifestaciones escritas se manifestaran a todos los E.F. y periodo o periodos al que se refiere al informe.

Forma de las manifestaciones por escrito:
Adoptaran la forma de una carta de manifestaciones dirigidas al auditor. Si las disposiciones legales o reglamentarias requieren que la dirección realice declaraciones públicas escritas a sus responsabilidades y el auditor determinara si dichas declaraciones proporcionan parte o la totalidad de las manifestaciones escritas requeridas.

Dudas sobre la fiabilidad de las manifestaciones escritas.
Si el auditor tiene reservas sobre la competencia, integridad, valore éticos o diligencia de la dirección, sobre su compromiso con ellos, determinara el efecto que dichas reservas puedan tener sobre la fiabilidad de las manifestaciones (verbales o escritas) y sobre la evidencia en general.
a)        En especial, si las manifestaciones escritas son incongruentes con otra evidencia de auditoria, el auditor debe aplicar procedimientos de auditoria para intentar resolver la cuestión, y si esta no se resuelve el auditor debe considerar la valoración de la competencia y determinara el efecto que esto pueda tener sobre la fiabilidad de las manifestaciones.
b)        Si el auditor concluye con que las manifestaciones escritas no son fiables, adoptara todas las medidas adecuadas, incluirá la determinación del posible efecto sobre la opinión en el informe de auditoría (según NIA 705).

Manifestaciones escritas solicitadas y no proporcionadas.
Si la dirección no proporciona una o más manifestaciones, el auditor:
1.       Discutirá la cuestión con la dirección.
2.       Evaluará de nuevo la integridad de la dirección y evaluara el efecto sobre la fiabilidad de las manifestaciones y sobre la evidencia de auditoria en general.
3.       Adoptará medidas adecuadas, incluirá la determinación del efecto que pueda tener sobre la opinión del informe de auditoría.

Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección.
El auditor denegara la opinión sobre los E.F. conforme la NIA 705, cuando.
a)        Concluya que existen suficientes dudas sobre la integridad de la dirección como para que la manifestaciones escritas por los apartados 10 y 11 no sean fiables; o
b)        La dirección no facilite las manifestaciones escritas requeridas por los apartados 10 y 11.
Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección.
3.       Preparación de los estados financiero. (apartado 10)
a.        El auditor solicitara a la dirección manifestaciones escritas que han cumplido con la preparación de los E.F. de acuerdo con un marco de información financiera aplicable.
4.       Información proporcionada e integridad de las transacciones. (apartado 11)
b)        El auditor solicitara a la dirección manifestaciones escritas que:
a.        Que ha proporcionado al auditor toda la información y acceso, de conformidad con los acuerdos que se pactaron en el encargo de auditoria (nia 210)

b.        Que todas las transacciones se han registrado y reflejado en los E,F,

Nia 505 Confirmaciones Externas

CONFIRMACIONES EXTERNAS
Alcance de la NIA: trata del empleo por parte del auditor de procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoria, de conformidad con la NIA 330 Y 500. No trata de indagaciones sobre litigios y reclamos, las cuales se contemplan con la NIA 500.

Procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoria.
Ø  La NIA 505 indica la fiabilidad de la evidencia de auditoria se ve afectada por su origen y naturaleza, y depende de las circunstancias con las que se obtiene, incluye las siguientes generalizaciones(divulgaciones) aplicables a la evidencia de auditoría:
o   La evidencia de auditoria es más fiel cuando se obtiene de fuentes externas a la entidad.
o   La evidencia obtenida directamente por el auditor es más fiable que la auditoria obtenida indirectamente.
o   La evidencia de auditoria es más fiable cuando existe en forma de documento, ya sea en formato de papel, soporte electrónico u otro medio.

Ø  Por consiguiente, la evidencia de auditoria obtenida por confirmaciones externas recibidas directamente por el auditor procedente por partes confirmantes puede ser más fiable que la evidencia proporcionada por la entidad.
o   Esta NIA tiene la finalidad de que el auditor diseñe y aplique procedimientos de confirmación externa.

Objetivo: el objetivo del auditor cuando utiliza procedimientos de confirmación externa es diseñar y aplicar dichas solicitudes con el fin de obtener evidencia de auditoria relevante y fiable.

Definiciones: a efecto de esta NIA los siguientes términos tienen los siguientes significados:
Ø  Confirmación externa: evidencia de auditoria obtenida mediante respuesta directa escrita de un tercero (la parte confirmante) dirigida al auditor en soporte de papel, en soporte electrónico u otro medio.
Ø  Solicitud de confirmación positiva: solicitud a la parte confirmante para que responda directamente al auditor indicando si está de acuerdo o no o facilite la información solicitada.
Ø  Solicitud de confirmación negativa: solicitud a la parte confirmante para que responda únicamente al auditor en caso de no estar de acuerdo con la información de la solicitud.
Ø  Sin contestación: falta de respuesta, o respuesta parcial o una confirmación devuelta sin entregar.
Ø  Contestación en inconformidad: respuesta que pone en discrepancia sobre lo que se le solicito confirmación a la parte confirmante.

Requerimientos.
Al utilizar procedimiento de confirmación externa, el auditor debe tener control de las solicitudes e implicara:
a)       Determinación en la información que se ha de confirmar o solicitar.
b)       Selección adecuada de las partes confirmantes.
c)        Ser claros y precisos con lo que se esté solicitando, que estén adecuadamente dirigidas y que contenga la información que permita una respuesta directamente al auditor.
d)       Él envió de las solicitudes a la parte confirmante, y darle seguimiento cuando proceda.

Si la dirección se niega a permitir que el auditor envié solicitud de confirmación externa, este:
1)       Indagara los motivos de la dirección y buscara evidencia y razonabilidad de tales motivos.
2)       Evaluará las implicaciones de la negativa (actitud) de la dirección sobre la valoración del auditor sobre los riesgos de incorrección material incluyendo riesgo de fraude.
3)       Aplicar procedimientos de auditoria alternativos que permitan que el auditor obtenga información relevante y fiable.

Si el auditor concluye que la negativa de la dirección no es razonable, o no puede obtener evidencia fiable y relevante mediante procedimientos alternativos se pondrá al contacto con los encargados del gobierno de la entidad como lo dice la NIA 260 y con respecto a la opinión del auditor con forme lo indica la NIA 705.

Resultados de los procedimientos de confirmación externa:
a)       Fiabilidad de las respuestas a las solicitudes de confirmación.
1.       El auditor determina si la confirmación obtenida genera dudas, obtendrá evidencia de auditoria adicional para resolver dichas dudas.
2.       Si el auditor determina que una confirmación no es fiable, evaluara las implicaciones de la circunstancia, sobre las incorrecciones erróneas incluido el riesgo de fraude.
b)       Sin contestación
1.       En el caso de falta de contestación, el auditor determina los procedimientos alternativos con el fin de obtener evidencia relevante y fiable.
c)        Cuando se necesita una respuesta a la solicitud de confirmación positiva para obtener evidencia suficiente y adecuada.
1.       Si el auditor determina necesaria una respuesta a la solicitud de confirmación para obtener evidencia adecuada y suficiente luego de que los procedimientos alternativos no proporciona evidencia que el auditor necesita, y si el auditor no obtiene dicha confirmación determina la implicación de las circunstancias sobre la auditoria y la opinión de conformidad con la NIA 705. (ref apartado a20)

Confirmaciones negativas.
Las confirmaciones negativas proporcionan evidencia menos convincente que las confirmaciones positivas, por lo tanto el auditor no utilizara las confirmaciones negativas como único procedimiento sustantivo para responder a un riesgo valorado, a menos que ocurran las siguientes condiciones.
a)       El auditor ha valorado el riesgo de incorrección material como bajo y ha obtenido evidencia suficiente y adecuada.
b)       De las confirmaciones negativas comprenden un gran número de saldos contables o condiciones pequeñas u homogéneas.
c)        Se prevé un porcentaje bajo de confirmaciones negativas.

Evaluación de la evidencia obtenida.

El auditor determinara si los resultados de confirmaciones externas proporcionan evidencia relevante y fiable, o si es necesario evidencia adicional.

Nia 260 COMUNICACIÓN CON LOS RESPONSABLES DEL GOBIERTO DE LA ENTIDAD


COMUNICACIÓN CON LOS RESPONSABLES DEL GOBIERTO DE LA ENTIDAD

Alcance de auditoria:
a)       Trata de la responsabilidad que tiene el auditor de comunicarse con los encargados del gobierno de la entidad en una auditoria de estados financieros. Esta NIA se aplica independientemente de la dimensión o estructura del gobierno de la entidad. “El auditor no establece requerimientos relativos a la comunicación del auditor con la dirección de una entidad o con sus propietarios a menos que sean a la vez los responsables del gobierno de la entidad”
b)       El ámbito de aplicación de esta NIA son los estados financieros, pero pueden aplicarse según las circunstancias lo requieran como a las auditorias de otra información histórica.
c)        Esta NIA proporciona un marco un marco general para la comunicación del auditor con los encargados del gobierno de la entidad, y así, poder identificar asuntos específicos objetos de comunicación.

La función de la comunicación:
            Una comunicación recíproca es importante porque facilita:
a)       Al auditor y al gobierno de la entidad, la comprensión de algunos asuntos  relacionados a la auditoria y al desarrollo de una relación de trabajo constructiva.
b)       Al auditor, obtener de los responsables del gobierno de la entidad la información necesaria para realizar la auditoria (ejemplo el entorno de la entidad, la identificación de las fuentes de evidencia asi como transacciones o hechos específicos)

La comunicación de los resultados de auditoría es responsabilidad del auditor, pero esto no exime a la dirección de comunicar los responsable del gobierno de la entidad los asuntos que puedan ser importantes para dicho gobierno.

Según esta NIA la comunicación clara de los asuntos específicos es parte integral de toda la auditoria, sin embargo no es obligación del auditor diseñar procedimientos para que den a conocer al gobierno de la entidad otros asuntos referentes a la auditoria.

Objetivos:
Los objetivos del auditor son:
1)       Comunicación clara a los responsables del gobierno de la entidad, de las responsabilidades del auditor, asi como una descripción del alcance y del momento de realización de la auditoria planificados;
2)       Obtener la información de los responsables del gobierno de la entidad;
3)       Comunicación oportuna a los responsables del gobierno de la entidad de los hechos observados y relevantes.

Definiciones:
Responsables del gobierno de la entidad: persona o personas encargadas u organizaciones que tienen la responsabilidad de la supervisión de la dirección estratégica de la entidad y con obligaciones relacionadas con la rendición de cuentas de la entidad, (incluye el proceso de supervisión financiera.
Dirección: persona o personas con la responsabilidad ejecutiva para dirijir las operaciones de la entidad. (En algunos casos incluyen a uno o algunos de los miembros del gobierno de la entidad), por ejemplo, miembros ejecutivos, consejo de administración u propietario-gerente.

Requerimientos:
         Responsables del gobierno de la entidad:
El auditor determina la persona o personas que, dentro de la estructura del gobierno de la entidad, sean adecuadas para comunicar los resultados.

Cuestiones que deben comunicarse.
a)       La responsabilidad de formarse y expresar una opinión sobre los E,F,
b)       La auditoría de E, F, no exime de la dirección ni a los responsables del gobierno de la entidad de sus responsabilidades.

El auditor comunicara a los responsables del gobierno de la entidad las siguientes cuestiones:

a)       La opinión del auditor relativo a los aspectos cualitativos de las prácticas contables, estimaciones contables y la información revelada en los E. F.
b)       En su caso, las dificultades significativas encontradas durante la auditoria.

Independencia del auditor.
En el caso de las entidades cotizadas, el auditor comunicara a los responsables del gobierno de la entidad:
Ø  Una declaración de que el equipo del encargo y, en su caso, cualquier persona de la firma de auditoría, la propia firma de auditoría y cuando proceda otras firmas de la red han cumplido con los requerimientos éticos. Y;
o   Todas las relaciones y asuntos  entre la firma de auditoría, otras firmas de la red y la entidad, que a juicio del auditor, puedan afectar la independencia de este.
o   La salvaguarda aplicadas para eliminar las amenazas a la independencia identificadas para reducirlas a un nivel aceptable.

EL PROCESO DE COMUNICACIÓN:
            Establecimiento del proceso de comunicación.
Ø  El auditor comunicara a los encargados del gobierno de la entidad el momento y el contenido para las comunicaciones.

Formas de comunicación:
El auditor comunicara por escrito al gobierno de la entidad los hallazgos significativos por escrito, cuando a criterio del auditor la comunicación verbal no sea adecuada.

Documentación. En el caso de que los asuntos deben ser comunicados por escrito o verbalmente el auditor los incluirá en la documentación de auditoria, indicando el momento en que fueron comunicados y a la persona que se dirigió la comunicación.


Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas.
         Responsables del gobierno de la entidad.

La estructura del gobierno de la entidad variar según la jurisdicción y tipo de entidad que se trate, tales como entornos culturales y normativos, por ejemplo:
·         En algunas jurisdicciones existe un consejo de supervisión (total o mayoritaria no ejecutivo). En otras, un salo consejo (la estructura de un solo consejo, tiene las funciones de de supervisar y funciones ejecutivas)
·         En otras entidades, los encargados del gobierno administrativo ocupan puestos que son parte de la estructura legal de una entidad (ejemplo los administradores)
·         En otro caso los responsables en la del gobierno de la entidad participan en la dirección de la entidad y en otros casos son personas ajenas a la dirección.


Redacción de un informe técnico



En la redacción de un informe técnico se describe el método utilizado en la investigación, los hallazgos y las conclusiones para que el lector pueda saber cómo se hizo la investigación y a qué se llegó mediante ésta.

Además, la persona que lo redacta debe asumir que el lector no está familiarizado con el tema por lo que deberá ser lo más claro posible. Esto se debe a que los informes técnicos, por lo general, son leídos y analizados por más de una persona dentro de una empresa u organismo.

Generalmente, la redacción de un informe técnico se desarrolla en no menos de cinco carillas.
Debe ser conciso y limitarse al tema que se trata en la investigación; el redactor no debe irse por las ramas ya que esto sólo entorpecerá la lectura y confundirá y aburrirá al lector.

En un informe técnico deben evitarse las repeticiones y redundancias.

La redacción de un informe técnico debe ser simple, sin faltas de ortografía, ni de sintaxis.

Además la información descrita tiene que ser interesante y relevante.

La redacción de un informe técnico debe hacerse de manera organizada y estructurada, por lo que habrá que hacer un plan de redacción previo.

La estructura del informe técnico debe estar compuesta por una presentación que incluirá portada e índice, una introducción, un desarrollo donde se detallarán los hallazgos o resultados del estudio o investigación, y por último deben incluirse las conclusiones.

De ser necesario se adjuntarán anexos.


Asimismo pueden incluirse fotografías, ilustraciones y gráficas que aporten información al contenido del informe.

Que es un informe técnico?
·         Es la exposición por escrito de circunstancias observadas en el reconocimiento de precios, identificaciones, documentos o en el examen de una cuestión que se considere.  
·         Documento que describe un progreso o resultado de una investigación técnica

Cual es la estructura de un informe
Ø  Portada (caratula)
Ø  Índice
Ø  Introducción
Ø  Cuerpo del informe
Ø  Conclusiones
Ø  Recomendaciones
Ø  Bibliografía
Ø  Anexos

Características del informe:
Ø  Comprensible
Ø  Lenguaje preciso y claro
Ø  Riguroso (realista)
Ø  Adecuado

Tipos de Informe:
                Con salvedades:
                               Con opinión negativa
                               Con abstención de opinión
                Atendiendo a la extensión:
                               Informe corto (dictamen, E. F. y notas)
                               Informe largo (dictamen, E. F, notas e información complementaria)
                Atendiendo al grado de terminación:
                               Informe intermedio
                               Informe final

Reglas de oro al redactar:
a)      Utilizar construcciones gramaticales sencillas.
b)      Utilizar palabras comunes.
c)       Utilizar adecuadamente los signos de puntuación y separación de párrafos.
d)      Seguir un orden expositivo lógico.
e)      No abusar de texto resaltado.
f)       Utilizar estilo directo y tiempos verbales fáciles de entender
g)      Revisar a conciencia lo que se ha escrito.

miércoles, 17 de febrero de 2016

Nia 210: Encargo de Auditoría

Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor al acordar los términos del encargo de auditoría con la dirección y, cuando proceda, con los responsables del gobierno de la entidad. Ello incluye determinar si concurren ciertas condiciones previas a la auditoría cuya responsabilidad corresponde a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad. La NIA 220[1] trata de los aspectos relacionados con la aceptación del encargo que se encuentran bajo control del auditor. (Ref: Apartado A1).

Objetivo

El objetivo del auditor es aceptar o continuar con un encargo de auditoría únicamente cuando se haya acordado la premisa sobre la que la auditoría se va a realizar mediante:

(a) la determinación de si concurren las condiciones previas a una auditoría; y

(b) la confirmación de que existe una comprensión común por parte del auditor y de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad acerca de los términos del encargo de auditoría

Definiciones

A efectos de las NIA, el siguiente término tiene el significado que figura a continuación:
Condiciones previas a la auditoría: utilización por la dirección de un marco de información financiera aceptable para la preparación de los estados financieros y conformidad de la dirección y, cuando proceda, de los responsables del gobierno de la entidad, con la premisa[2] sobre la que se realiza una auditoría.

A efectos de esta NIA, las referencias a “la dirección” deberán interpretarse en lo sucesivo como referidas a “la dirección y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad”.

Requerimientos

Condiciones previas a la auditoría

Para determinar si concurren las condiciones previas a la auditoría, el auditor:
(a) determinará si el marco de información financiera que se utilizará para la preparación de los estados financieros es aceptable; y (Ref: Apartados A2-A10)

(b) obtendrá la confirmación de la dirección de que ésta reconoce y comprende su responsabilidad en relación con: (Ref: Apartados A11-A14, A20)


(i) la preparación de los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable, así como, en su caso, su presentación fiel; (Ref: Apartado A15)

la necesidad de proporcionar al auditor:

a. acceso a toda la información de la que tenga conocimiento la dirección que sea relevante para la preparación de los estados financieros, tal como registros, documentación y otro material;

b. información adicional que pueda solicitar el auditor a la dirección para los fines de la auditoría; y

c. acceso ilimitado a las personas de la entidad de las cuales el auditor considere necesario obtener evidencia de auditoría.

Limitación al alcance de la auditoría antes de la aceptación del encargo de auditoría

Si la dirección o los responsables del gobierno de la entidad incluyen en la propuesta de los términos de un encargo de auditoría la imposición de una limitación al alcance del trabajo del auditor de tal forma que el auditor considere que tendrá que denegar la opinión sobre los estados financieros, el auditor no aceptará dicho encargo con limitaciones como encargo de auditoría, salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentarias.

Otros factores que afectan a la aceptación de un encargo de auditoría

Si no se dan las condiciones previas a la auditoría, el auditor lo discutirá con la dirección. Salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentarias, el auditor no aceptará el encargo de auditoría propuesto:

(a) si determina que no es aceptable el marco de información financiera que se utilizará para la preparación de los estados financieros, salvo en los casos previstos en el apartado 19; 

(b) si no se ha alcanzado el acuerdo mencionado en el apartado 6(b).

Ejemplo de carta de encargo de auditoría.

El siguiente es un ejemplo de carta de encargo de auditoría para una auditoría de estados financieros con fines generales preparados de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera. Esta carta no es de uso obligatorio, sino que solo pretende ser una orientación que pueda utilizarse junto con las consideraciones recogidas en esta NIA. Será necesario modificarla en función de los requerimientos y de las circunstancias particulares. Está diseñada con referencia a una auditoría de estados financieros de un único periodo, y sería preciso adaptarla en caso de pretender o prever aplicarla a auditorías recurrentes (véase el apartado 13 de esta NIA). Puede resultar adecuado solicitar asesoramiento jurídico sobre la idoneidad de cualquier carta propuesta.

Dirigida al representante adecuado de la dirección o de los responsables del gobierno de la sociedad ABC[20] :
[Objetivo y alcance de la auditoría]
Han solicitado ustedes[21] que auditemos los estados financieros de la sociedad ABC, que comprenden el balance de situación a 31 de diciembre de 20X1, el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, y un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa. Nos complace confirmarles mediante esta carta que aceptamos el encargo de auditoría y comprendemos su contenido. Realizaremos nuestra auditoría con el objetivo de expresar una opinión sobre los estados financieros.
[Responsabilidades del auditor]
Llevaremos a cabo nuestra auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA). Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrección material. Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los importes y la información revelada en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros, debida a fraude o error. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la dirección, así como la evaluación de la presentación global de los estados financieros.


Debido a las limitaciones inherentes a la auditoría, junto con las limitaciones inherentes al control interno, existe un riesgo inevitable de que puedan no detectarse algunas incorrecciones materiales, aun cuando la auditoría se planifique y ejecute adecuadamente de conformidad con las NIA.
Al efectuar nuestras valoraciones del riesgo, tenemos en cuenta el control interno relevante para la preparación de los estados financieros por parte de la entidad con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad. No obstante, les comunicaremos por escrito cualquier deficiencia significativa en el control interno relevante para la auditoría de los estados financieros que identifiquemos durante la realización de la auditoría.
[Responsabilidades de la dirección e identificación del marco de información financiera aplicable (a los efectos de este ejemplo, se supone que el auditor no ha determinado que las disposiciones legales o reglamentarias prescriban dichas responsabilidades en términos adecuados; se emplean, por tanto, las descripciones del apartado 6(b) de esta NIA).]

Realizaremos la auditoría partiendo de la premisa de que [la dirección y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad[22] reconocen y comprenden que son responsables de:
(a) la preparación y presentación fiel de los estados financieros de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera[23] ;
(b) el control interno que [la dirección] considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrección material, debida a fraude o error; y
(c) proporcionarnos:
(i) acceso a toda la información de la que tenga conocimiento [la dirección] y que sea relevante para la preparación de los estados financieros, tal como registros, documentación y otro material;
(ii) información adicional que podamos solicitar a [la dirección] para los fines de la auditoría; y
(iii) acceso ilimitado a las personas de la entidad de las cuales consideremos necesario obtener evidencia de auditoría.
Como parte de nuestro proceso de auditoría, solicitaremos a [la dirección, y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad] confirmación escrita de las manifestaciones realizadas a nuestra atención en relación con la auditoría.
Esperamos contar con la plena colaboración de sus empleados durante nuestra auditoría.
[Otra información relevante]
[Insertar otra información, como acuerdos sobre honorarios, facturación y otras condiciones específicas, según el caso].
[Informes]
[Insertar referencia adecuada respecto a la estructura y contenido esperados del informe de auditoría.]

Es posible que la estructura y el contenido de nuestro informe tengan que ser modificados en función de los hallazgos de nuestra auditoría.
Les rogamos que firmen y devuelvan la copia adjunta de esta carta para indicar que conocen y aceptan los acuerdos relativos a nuestra auditoría de los estados financieros, incluidas nuestras respectivas responsabilidades.
XYZ y Cía.
Recibido y conforme, en nombre de la sociedad ABC por
(Firmado)
......................
Nombre y cargo
Fecha